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El problema del apátrida como obstáculo para el ejercicio de los derechos humanos.

Por : Ana Cristina Corrales Aguirre / Area : LITISPENDENCIA - Derecho
Número : 20 , Tercera Época  /  Diciembre de 2009
La negativa de otorgar la nacionalidad, obligación que tiene cualquier Estado Nacional, conlleva a situaciones sumamente discriminatorias y violatorias de los derechos humanos.

La nacionalidad es un derecho cuya importancia trasciende el mundo jurídico, pues constituye el fundamento de pertenencia de un individuo a un Estado, y por lo tanto el de protección del mismo. La ?apatridia? (como haré referencia a la generalidad de personas apátridas) se actualiza como una situación en la que por diversas causas una persona no posee nacionalidad, encontrándose en una situación de vulnerabilidad.

Hablar de nacionalidad en términos generales es referirse a un atributo de la persona, constituyendo ésta una cualidad de radical importancia puesto que genera un presupuesto para muchos otros derechos, tales como los derechos políticos, el de residencia y de propiedad, laborales, de inversión, entre otros. La importancia del mismo como base de otros derechos ha sido clarificada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH):

?La importancia de la nacionalidad reside en que ella, como vínculo jurídico político que liga una persona a un Estado determinado, permita que el individuo adquiera y ejerza los derechos y responsabilidades propias de la pertenencia a una comunidad política. Como tal, la nacionalidad es un prerrequisito para el ejercicio de determinados derechos.? 1

De esta manera, al definirse dicho atributo como un vínculo jurídico-político entre una persona y un Estado, resulta la base que permitirá la potencialización de garantías individuales. A pesar de que la mayoría de los órdenes jurídicos reconocen la protección legal de los nacionales y de los extranjeros, la realidad demuestra que esta diferencia es causa de violación de muchos otros derechos, siendo prueba fehaciente los casos suscitados alrededor del mundo. Un individuo apátrida, que puede definirse en términos etimológicos como la ausencia de nacionalidad, probablemente no tendrá acceso a la educación, salud, ni al ejercicio de sus derechos políticos.2

Una situación como claro ejemplo de una situación violatoria de derechos humanos, emanada de la negativa del Estado de otorgar la nacionalidad, y que no ha sido subsanada por el Derecho, es la situación de las personas que no poseen el derecho a la protección diplomática por no ser nacionales de ningún Estado, ya que la existencia del vínculo es un requisito para el ejercicio de la misma.3

La negativa de otorgar la nacionalidad, obligación que tiene cualquier Estado Nacional, conlleva a situaciones sumamente discriminatorias y violatorias de los derechos humanos. El caso más claro es el de Israel, en donde se habla de una residencia ilegal por parte de los apátridas. Es esta una realidad que viven millones de habitantes de aquél país, generando que habiten en circunstancias violatorias de derechos humanos ya que su situación es irregular. Sin embargo, no es admisible que el Estado, conociendo este tipo de escenarios, no actúe para regularizar la condición de las personas que se encuentren ubicados en este contexto.

Por otra parte, es bien sabido que las condiciones del otorgamiento de la nacionalidad comprende un tema que ata?e al Derecho interno de los Estados, constituyendo así una función soberana.4 No obstante ello, suele existir una contradicción entre la discrecionalidad de los Estados en determinar las condiciones que afectan los ciudadanos y la protección a los derechos humanos. El panorama actual ofrece una nueva perspectiva que busca una mayor salvaguarda de los derechos fundamentales. Este nuevo enfoque se encuentra plasmado en instrumentos internacionales así como en decisiones de cortes de jurisdicción internacional sobre garantías individuales. Tales tribunales internacionales han abordado este tema como es en el caso de la siguiente opinión:

?La determinación de quiénes son nacionales sigue siendo competencia interna de los Estados. Sin embargo, su discrecionalidad en esa materia sufre un constante proceso de restricción conforme a la evolución del derecho internacional, con vistas a una mayor protección de la persona frente a la arbitrariedad de los Estados. La apatridia tiene como consecuencia imposibilitar el goce de los derechos civiles y políticos de una persona, ocasionándole una condición de extrema vulnerabilidad.?5

?La redefinición del concepto de nacionalidad como derecho humano fundamental de observancia obligatoria para todos los Estados, habla de una relativización de los elementos del concepto de nación, el cual comúnmente implica ciertos elementos, entre ellos el de etnia o pertenencia a la misma raza.?6

El identificar el elemento de etnicidad con el de identidad nacional, tiene como efecto el colocar en una situación difícil a muchas personas, ya que la pertenencia al grupo racial se configura como requisito para otorgar la ciudadanía, elemento que debe de ser relativizado en aras de una mayor protección a la persona. Además, es este un cambio de paradigma que traería la inclusión de otras razas dentro de los elementos del concepto de nación, para así asimilar una mayor protección a las personas por ser incluidas dentro del grupo de los nacionales.

La existencia de una regulación especial del estatuto jurídico de los apátridas, no implica la supresión de la situación de vulnerabilidad, a pesar de la búsqueda de protección jurídica a través de diferentes instrumentos jurídicos. Las personas que no gozan de una situación regular dentro de un país, suelen ser objeto de discriminación por distintas causas, dependiendo del contexto histórico en el que se estén desenvolviendo, y bajo el pretexto de que los mismos constituyen políticas de seguridad.7

Haciendo referencia a la potestad del Estado para el otorgamiento de la nacionalidad, existen varias teorías para justificar la obligación de este ente jurídico. Una de ellas sostiene que ?todas las personas que viven o están sometidas a la legislación de un Estado particular deben pertenecer al mismo?.8 Se?alamiento que funge como fundamento del derecho de la población a obtener la nacionalidad.

El ejercicio de la soberanía por parte del Estado al regular la nacionalidad, implica el establecimiento de ciertos parámetros admisibles y proporcionales. Es insostenible que el mero hecho de que un Estado tenga autoridad sobre un particular implicara que aquel deba tener el derecho de los nacionales en todos los casos; lo sensato sería sostener la obligación del Estado para que los lineamientos sean idóneos, sin miras a la discriminación. Criterio jurisprudencial sostenido por la Corte Europea de Derechos Humanos en el caso de Kaftailova v. Latvia, donde el órgano jurisdiccional sostuvo el que a pesar de que el Estado tiene derecho a la promulgación y ejecución de sus propias leyes de inmigración, ciertas restricciones se?aladas por las leyes inmigratorias pueden ser prudentes sólo en ciertos casos donde haya razones de peso.9


En conclusión, la apatridia constituye una situación de vulnerabilidad para muchas personas, al ser un presupuesto para el ejercicio de muchos otros derechos. Existe hoy en día una creciente corriente en la comunidad internacional sobre la línea de otorgar una mayor protección a las personas para prevenir y evitar que deambulen sin nacionalidad, siendo imperativa para contrarrestar actos discriminatorios alrededor del mundo.


1 Caso de las ni?as Yean y Bosico v. República Dominicana, Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sentencia del 8 de septiembre de 2005, Disponible en http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/fundamentos/jseriec130.pdf, consultado el 13 de septiembre de 2009, Párrafo 137.

2 Southwick Katherine, Nationality Rights for all. A progress report and global survey on statelessness, Publicación en línea en el sitio oficial de Refugees International, Disponible en http://www.refugeesinternational.org/sites/default/files/RI%20Stateless%20Report_FINAL_031109.pdf, consultado el 13 de septiembre de 2009, Página 7.

3 Forcese Craig, The Capacity to Protect: Diplomatic Protection of Dual National in the War on Terror, European Journal of International Law. Oxford. 2006. Vol. 27, Publicado en línea, disponible en http://www.ejil.org/pdfs/17/2/79.pdf, consultado el 15 de septiembre de 2009, Página 379.

4 Nationality Decrees in Tunis and Morocco, Corte Permanente de Justicia Internacional, Sentencia 1923, No. 4 Reportes.

5 Opinión Consultiva OC-04/84, Propuesta de Modificación a la Constitución Política de Costa Rica relacionada con la naturalización, Párrafo 140. Corte Interamericana de Derechos Humanos, 19 de Enero de 1984, Disponible en http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_04_esp.pdf

6 Cfr. Pereznieto Castro, Leonel. Derecho Internacional Privado. Parte General, Editorial Oxford, Cuarta Edición, México 2006, Página 37.

7 Frellick Bill y Lynck Maureen, Statelessness: a forgotten human rights crisis, Forced Migration Review, Revista en línea, Número 24, Disponible en http://www.fmreview.org/fmrpdfs/fmr24/fmr2439.pdf, Página 66.

8 Green, Nicole y Pierce Todd, La lucha contra la apatridia: una perspectiva gubernamental. Forced Migration Review, La Apatridia, Número 32, Artículo en línea, Disponible en http://rua.ua.es/dspace/bitstream/10045/11101/1/rmf_32_15.pdf, consultado el 6 de noviembre de 2009.

9 Caso de Kaftailova v. Latvia, Corte Europea de Derechos Humanos, Sentencia del 22 de junio 2006., Aplicación número 59643/00, Disponible en http://cmiskp.echr.coe.int/tkp197/view.asp?item=1&portal=hbkm&action=html&highlight=59643/00&sessionid=29788063&skin=hudoc-en. Consultado el 14 de septiembre de 2009.

Ana Cristina Corrales Aguirre
Estudiante de derecho en la UP, campus Bonaterra
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